Boletines de Impuestos
28-12-2018
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES AÑO 2019
Resumen
Mediante la Ley Nº 27.480, publicada el 21/12/2018 en el Boletín Oficial, se estableceque para el Impuesto sobre los Bienes Personales del ejercicio fiscal 2019, cuya Declaración Jurada vencerá en 2020, el mínimo no imponible asciende a $2.000.000 y los bienes inmuebles destinados a casa-habitación se encuentran exentos cuando su valor sea inferior a $18.000.000.
Asimismo, se adoptan alícuotas progresivas en un rango que va de 0,25% a 0,75%; y se mantiene la exención para bienes inmuebles rurales.
Por otro lado, respecto de las valuaciones de inmuebles a partir del período fiscal 2018, a vencer en 2019, se establece que éstas serán las aplicables al 31/12/2017 ajustadas por inflación (índice de precios al consumidor nivel general).
Esto aplicará hasta que un Organismo Federal determine las valuaciones fiscales de acuerdo a la realidad del mercado inmobiliario, según lo establece la Ley 27.429.
Alícuotas
Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible |
Pagarán $ |
Más el % |
Sobre el excedente de $ |
|
Más de $ |
A $ |
|||
0 |
3.000.000, inclusive |
0 |
0,25% |
0 |
3.000.000 |
18.000.000, inclusive |
7.500 |
0,50% |
3.000.000 |
18.000.000 |
en adelante |
82.500 |
0,75% |
18.000.000 |
Vigencia
Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 21/12/2018.
Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.
Departamento Impositivo
Diciembre 2018