Boletines de Impuestos
14-10-2021
Operaciones Alcanzadas por el Impuesto País
El alcance del Impuesto PAIS (Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria) y de las percepciones a cuenta de Impuesto a las Ganancias y de Impuesto sobre los Bienes Personales fue ampliado, mediante el Decreto 682/2002 y la Resolución General 5272/2022 de la AFIP (publicados en el Boletín Oficial del 13/10/2022).
A continuación, resumimos las principales modificaciones.
- Impuesto PAIS
El Decreto 682/2022 extendió el alcance del Impuesto PAIS del 30% a las siguientes operaciones:
- Importación de bienes suntuarios, incluidos en las posiciones arancelarias detalladas en el Anexo I de este Decreto (entre los que se incluyen automóviles y motos de alta gama, jets y aviones privados; embarcaciones de uso recreativo; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas), y
- Adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye enseñanza educativa), o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes.
Estas modificaciones resultarán de aplicación para las operaciones concertadas a partir del 13/10/2022.
- Percepciones
La Resolución General 5272/2022 amplió el alcance de las percepciones de Impuesto a las Ganancias y de Impuesto sobre los Bienes Personales de la siguiente forma:
- Consumos de moneda extranjera con tarjetas de crédito, de compra y de débito (y medios de pago equivalentes), cuyo monto mensual -considerado por sujeto- sea igual o superior a dólares trescientos (USD 300): se aplicará (además de la percepción de 45% actualmente vigente) una percepción adicional de 25%. Si el monto mensual por sujeto es inferior a dicha suma, esta percepción adicional no será aplicable.
- Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país: se aplicará (además de la percepción de 45% hoy vigente) una percepción adicional de 25%.
- Adquisición de bienes suntuarios (citados en el punto 1. del presente Boletín Informativo): se aplicará una percepción de 45% y otra adicional de 25%.
Estas nuevas percepciones serán procedentes (sin perjuicio de la percepción del 30% del Impuesto PAIS) para las operaciones efectuadas a partir del 13/10/2022.
Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.
Departamento Impositivo
Octubre 2022